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Condenan a un colegio de Écija a indemnizar a un niño por lesiones

Un Juzgado de Sevilla ha dictado sentencia contra un colegio ecijano por la que tendrá que abonar 7.000 € a unos padres  por las lesiones sufridas por su hijo al clavarse el pico de una ventana en el pecho mientras estaba en clase. Los hechos se remontan al año 2013, cuando el menor tenía 9 años. Debido al golpe de una ventana se le ocasionó una brecha y sangraba, teniendo que ser asistido médicamente y contando aún con cicatrices.

foto ecijaEl alumno no actuó de forma imprudente, sino que al pasar por aquel lugar la ventana estaba abierta y se produjo el hecho, según un comunicado del Bufete de Fernando Osuna.

En el mismo comunicado se explica que los padres estaban  contrariados porque no alcanzaban  a comprender el porqué se permitía ese tipo de ventanas tan peligrosas y en el  juicio hubo muchas pruebas de testigos, tales como declaraciones de los que estaban en aquel lugar, peritajes, manifestaciones de profesores y alumnos, etc., etc.

Igualmente se solicitaron  informes técnicos, así como las normas de seguridad del centro y otros documentos.

 La familia del niño, que actúa defendida por el abogado Fernando Osuna, sostiene que no es de recibo que haya  tolerancia  o pasividad en el funcionamiento y seguridad en el colegio.

El centro escolar había requerido varias veces a  la Consejería de Educación para que cambiase ese tipo de ventanas, peligrosas y obsoletas.

Se han adoptado por el centro escolar  medidas cautelares para el desarrollo de las actividades docentes, pero no se hizo caso por parte de la Consejería, explica Osuna, quién recuerda que existe obligación de tener en un colegio los elementos arquitectónicos acordes a la características de quienes ocupan las aulas y se debió  impedir ese tipo de ventanas con  picos peligrosos. A lo que añade que los profesores tienen que estar pendientes de todos los niños y han de hacerle un seguimiento considerable, no permitir que se produzcan daños.

La Consejería es la encargada de adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento del fin que  le asigna, y a él corresponderá la responsabilidad derivada de las lesiones que padezcan los alumnos por tener componentes arquitectónicos no adecuados, el centro por su parte, tiene culpa por falta de vigilancia.

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