El Juzgado de Écija considera delito la muerte de la niña de tres años en el hospital de Écija. Así lo ha anunciado el despacho de abogados de Fernando Osuna, que ha explicado que se ha abierto un proceso penal y se ha citado a declarar al personal médico. La médico que atendió a la niña declarará como investigada. Según la querella los hechos pudieran ser constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia profesional grave previsto y penado en el art. 142. 1 del Código Penal, con prisión de uno a cuatro años, además de la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo por un período de tres a seis años.
Aún a espera de qué el proceso judicial finalice, la querella relata los hechos y subraya que en la primera visita, el 20 de septiembre la menor no se encontraba en buen estado, tenía febrícula y no podía tomar los antibióticos vía oral, recentándole paracetamol supositorios 150 mg cada 6-8 horas y recibiendo el alta 20 minutos después del ingreso.
Se acude a urgencias, el día 23 de septiembre y a pesar de que la menor, presentaba palidez incluso cuatro días después de haber sido intervenida, siendo la causa más plausible de la misma una anemia por pérdida de sangre, por parte de la doctora no se le realizó ni tan siquiera un análisis de sangre para el examen del hematocrito, lo que hubiera determinado si existía pérdida de sangre por el insuficiente suministro de glóbulos rojos sanos. Dicha omisión, según los abogados, resulta grave dado que la propia doctora en la exploración física establece que la lengua es saburral.
Según la querella, dicha prueba hubiera determinado la existencia de pérdida de sangre, tal y como se puso de manifiesto horas después, lo que hubiera propiciado una transfusión sanguínea de urgencia que hubiera podido salvar la vida de la menor.
Según podemos leer en los documentos facilitados por parte del despacho de abogados de Fernando Osuna, dicha prueba no se realizó y la doctora ni siquiera consultó o derivó a la menor al Otorrino que estuviera de Guardia en aquel momento en el Hospital, sino que simplemente se limito a decir: «Control por su pediatra».
Se añade también que en la siguiente visita al hospital por urgencias, el 24 de septiembre la menor entra inconsciente en el Hospital, con parada cardiorrespiratoria, tras haber sufrido una grave hemorragia en su domicilio y siendo diagnosticada tras la expoloración de shock postoperatorio hipovolémico.
A pesar de la gravedad de la situación, la menor no es trasladada al Hospital Virgen del Rocío de Sevilla hasta tres horas después, en concreto a las 8:14 h de la mañana en una ambulancia medicalizada.
Existe un informe pericial en manos de la justicia en el que respecto a la asistencia en el Servicio de Urgencias del HAR Écija el día 23 de septiembre y se puede leer que según la doctora Especialista en Medicina Interna que lo firma «la asistencia médica en urgencia de este día es muy defectuosa. El no solicitar una prueba complementaria alguna ante la situación clínica alarmante de Manuela como ya expuesto en el apartado anterior (al menos una simple analítica, recurso muy accesible en el Hospital), no mantener a la niña en Observación, no derivar al ORL (no interconsultar) es una actuación, en nuestra opinión, presumiblemente imprudente, que indudablemente ha provocado un retraso diagnóstico, al menos, una pérdida de oportunidad en la que las expectativas e curación se han visto claramente cercenadas. Consideramos que en esta asistencia ha existido claramente un incumplimiento de la normo-praxis profesional y de la “Lex Artis ad Hoc”.
Además le informe establece «una relación de causalidad entre el desgraciado fallecimiento de la niña y el tratamiento quirúrgico para amigdalectomía con adenoidectomía». Y se basa en el informe del Hospital Universitario Virgen del Rocío de 2 de octubre de 2022 en el que se lee: “Casusas fundamentales : Adenoidectomía y reducción amigdalar (…) Causa fundamental: Hemorragia tras cirugía ORL. Causas intermedias : Shock hemorrágico. Causas inmediatas: Encefalopatía hipóxico-isquémica. Muerte encefálica”. Además esto fue ratificado por el Informe de Necropsia del Departamento de Anatomía Patológica del mencionado Hospital, que confirma tal causa del óbito “…) Diagnóstico: ENFERMEDAD FUNDAMENTAL : ADENOIDECTOMIA Y REDUCCION AMIGDALAR. ALTERACIONES CONCOMITANTES: SHOCK HEMORRÁGICO. CAUSA DE MUERTE: ENCEFALOPATÍA HIPÓXICO-ISQUÉMICA (Muerte encefálica)”.
En segundo lugar, según el informe pericial «puede establecerse que el proceso ha sido defectuoso en los puntos establecidos anteriormente. Falta de analítica con hemograma y estudio de coagulación en el estudio preanéstesico +Insobservancia del cirujano de tal carencia en el estudio preanestésico + Alta hospitalaria precipitada + Falta de medios inexcusable en la asistencia en Urgencias, siendo esta la más grave de todas las actuaciones ante las reiteradas asistencias a Urgencias, el tiempo de evolución de la cirugía y el estado en que llega Manuela a este Servicio, no siendo concebible, al menos, la solicitud mínima de una analítica y el no derivar a ORL, como así se indicaba en el informe de alta hospitalaria ante “molestias”, o interconsultar con otros facultativos».
Según el mismo informe «es cierto, y así están descritas las complicaciones en la cirugía de adenoamigdalectomia, de la posibilidad de complicaciones muy graves como la que la niña ha sufrido, pero, también es cierto, que el cúmulo de circunstancias relacionadas en la defectuosa asistencia recibida han sido favorecedoras del agravamiento, especialmente el día 23 /09/2022 en Urgencias han favorecido un grave retraso diagnóstico, una pérdida de oportunidad en la que las expectativas de curación se han visto claramente cercenadas, que supone una mala praxis profesional y un incumplimiento de la “lex artis ad Hoc” (quizás también un alta hospitalaria que podría haber sido precipitada)».
El gabinete de Fernando Osuna que lleva el caso, daba a conocer hace unos meses un amplío informe emitido por parte de varios especialistas en el que se llega a la conclusión de que los desaciertos produjeron un retraso muy considerable en el diagnóstico que acabaron con la muerte de la niña.
La situación se remonta al pasado 19 de septiembre, cuando la pequeña de 3 años fue intervenida quirúrgicamente en el Hospital de Alta Resolución de Écija, a través del procedimiento de amigdalectomía con adenoidectomía. La operación se hizo bajo anestesia general, con el fin de eliminar una hipertrofia de amígdala y adenoide que la menor sufría y que le provocaba dificultad respiratoria nasal y ronquidos nocturnos, según informa el despacho de abogados de Fernando Osuna.
La intervención quirúrgica finalizaba a las 10:32 de la mañana, la menor y sus padres no saldrían del Hospital de Écija con destino a su domicilio hasta las 6 de la tarde.
Como dato de interés para el abogado, se destaca que la menor fue intervenida quirúrgicamente sin que se le realizara una previa analítica de sangre y fue dada de alta sin la correspondiente revisión por parte del responsable de la intervención quirúrgica y sin que introdujera los datos de la medicación para el postoperatorio en la tarjeta sanitaria de la menor.
Un día después de la intervención, el 20 de septiembre a las 6:21 de la mañana, los padres acuden de nuevo con carácter de urgencias al Hospital dado que la menor no se encontraba en buen estado y no podía tomar los antibióticos vía oral, recentándole paracetamol supositorios 150 mg cada 6-8 horas. Según la nota de prensa del despacho de abogados, se le dio el alta 20 minutos después del ingreso.
Ya el 23 de septiembre a las 3.56 de la tarde la familia vuelven a llevar a la menor al hospital por urgencias porque no hablaba, tenía fiebre, palidez y no tragaba. La niña recibía el alta domiciliaria a las 16:45 horas.
En la madrugada del 24 de septiembre la vuelven a llevar a urgencias al hospital de Écija entrando a las 5:15 de la mañana. La menor entra inconsciente en el Hospital, con parada cardiorrespiratoria, tras haber sufrido una grave hemorragia en su domicilio. La atienden y según recoge textualmente la nota de prensa en el informe se lee:
“Paciente en malas condiciones generales, pálida/ictérica sin cambios marmóreos, sin pulso, sin frecuencia, pupilas arreactivas y midriáticas. Glasgow 3/3 tos, con sangrando abundante en vías aéreas superiores y esófago”. Fue diagnosticada de shock postoperatorio hipovolémico.
Según prosigue el relato de los abogados, a pesar de la gravedad de la situación, la menor no es trasladada al Hospital Virgen del Rocío de Sevilla hasta tres horas después, en concreto a las 8:14 h de la mañana en una ambulancia medicalizada. La menor ingresa en el Hospital Virgen del Rocío de Sevilla a las 9 con PCR y tras ser vista por los Otorrinos deciden entrar en quirófano.
A pesar de los esfuerzos realizados en dicho Hospital, en donde la menor estuvo en UCI en todo momento, en situación clínica crítica, la misma fallecería el 2 de octubre dado el estado de gravedad, siendo la causa de la muerte, según el Informe autopsia, emitido por el Hospital Universitario Virgen del Rocío en octubre de 2022 por una «encefalopatía hipóxico-isquémico» (muerte encefálica). En el informe se detalla que la enfermedad fundamental era la adenoidectomía y la reducción amigdalar. De la misma forma habla de «shock hemorrágico» como alteraciones concomitantes.






















