Según un escrito firmado por el bufete de abogados Osuna, dirigido por el letrado Fernando Osuna Osuna, el alto tribunal podría fallar a favor del Ayuntamiento.
El encabezado de dicho documento advierte de que se trata de “conclusiones fuertes que sostienen sin duda alguna la responsabilidad de la administración”. Avanzando en el mismo, se recoge como la Junta de Andalucía “defiende que la competencia para resolver el procedimiento de responsabilidad patrimonial corresponde a la Administración del Estado y que era el Ayuntamiento de Écija el competente para el mantenimiento y limpieza del arroyo al discurrir por el casco urbano”.
Algo que contrasta por completo con la postura del ente local, alegando que “la competencia para el mantenimiento de cauces de ríos y arroyos es de la Comunidad Autónoma”. Una tesis que apoya la propia Conferencia Hidrográfica, indicando que “la Junta de Andalucía era quien, en el momento de producirse las inundaciones, gestionaba materialmente la cuenca hidrográfica del Guadalquivir en el territorio andaluz, por lo que sería ella la responsable”.
Por su parte, los afectados de las inundaciones sostienen que la obstrucción del Arroyo Argamasilla provocó el suceso. Algo en lo que coinciden los peritos del caso; si bien, aseguran que “el desbordamiento del río Genil fue por causas distintas al del arroyo”.






















