Un grupo de particulares y profesionales afectados por el céntimo sanitario en Écija reclaman al Estado más de 200.000 euros. En algunos casos, la cifra por persona ascendería a un total de 30 000 euros.
Las cantidades reclamadas se corresponden con los últimos diez años, es decir, con el período de 2002 a 2012; y no a cuatro años como afirma el Ministerio de Hacienda.
Según el abogado Fernando Osuna, la Administración dictó y aplicó un precepto legislativo contrario a la normativa comunitaria. Al hablar de dicho precepto se refiere a las “Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social” por la que se regulaba el impuesto sobre las Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos.
Atendiendo a esto, las administraciones tendrán que indemnizar a los particulares afectados por esta aplicación de actos legislativos de naturaleza no expropiatoria de derechos que éstos no tenían el deber de soportar.
Fernando Osuna explica que, en este caso, el término “particulares” debe ser interpretado de forma extensiva. Por tanto, no sólo las personas físicas podrán reclamar esta responsabilidad, sino que también podrán hacerlo “cualesquiera otros sujetos jurídicos”, como gasolineras, vendedores minoristas o consumidores finales.
Con respecto al daño, Osuna aclara que éste deberá ser “efectivo, evaluable económicamente e individualizado” con relación a una persona o grupo de personas.
Las pruebas que se deben aportar para reclamar esta responsabilidad sobre el céntimo sanitario son las facturas de carburante consumido por sus vehículos en los últimos diez años. También se pueden acreditar con las declaraciones de la renta, los movimientos bancarios de las cuentas corrientes, los libros de contabilidad y declaraciones juradas de gasolineras.






















